El cabotaje en el transporte terrestre de mercancías.
Revuelto de Cabotaje
Inmersos en esta situación desesperada sacamos el dedo acusador para apuntar apresuradamente como culpable al vecino (porque la culpa nunca es propia, siempre es del otro) como causante de todos nuestros sinsabores cuando en realidad no sería más que la gota que colma un vaso demasiado lleno de ciegas negligencias propias. No nos vamos a engañar y con la actual coyuntura económica la sola mención del cabotaje surte los mismos efectos en el mundo del transporte que mentar la soga en la casa del ahorcado, solamente con pensar que empresas extranjeras pudieran competir con nosotros en el mercado nacional nos produce escalofríos. Más allá de que la competencia no solamente es necesaria si no que es pieza imprescindible para conseguir una economía de mercado sana y pujante hay que pensar que esa competencia únicamente puede ser planteada y dirimida en función de los méritos propios de las distintas empresas y por consiguiente basada en ofrecer el mejor servicio con la mejor relación calidad-precio. Toda oferta sustentada básicamente en triquiñuelas irregulares o a precios por debajo de los costes nunca puede ser catalogada como leal y actúa en detrimento del mercado que suponemos y queremos que sea libre, así cuando en mayo de 2013 los legisladores europeos decidieron dar carpetazo al proyecto de liberalización inminente del cabotaje se exaló un suspiro de alivio y no porque no se considere una herramienta lógica en un mercado único, si no porque con la actual coyuntura económica significaría el toque de gracia para muchas de las ya demasiado maltrechas empresas de transporte, así como para una opinión pública que no entendería que supuestos beneficios reportaría el desembarco de empresas extranjeras en el mercado doméstico en detrimento de las nacionales. Con todo ello tampoco debemos de engañarnos, ya que si bien es reprochable el hecho ofrecer los servicios a precios irrisorios, también resulta repulsivo el consiguiente hecho de aceptarlos y aprovecharse de la necesidad de los demás, además quien paga esos portes y saca partido de los precios bajos son precisamente las empresas nacionales que aceptan que otros trabajen en régimen de cabotaje a precio de saldo en beneficio propio y por extensión en beneficio del usuario. Con esto quiero dejar patente que muchas veces no es oro todo lo que reluce, que tanta culpa tiene quien ofrece como quien acepta aunque bien es cierto que una regulación legal es indispensable, si cabe más que nunca en estos momentos para ayudar a encauzar, o por lo menos evitar un desmantelamiento total de un mercado como es el del transporte por carretera tan susceptible de fluctuar íntimamente al compás de los vaivenes económicos.
Con estos datos en la mano se puede aseverar que la normativa actualmente vigente es una herramienta que propicia un mejor aprovechamiento y que cumple con su cometido de optimización de los medios de transporte, ya que permite poder acceder al mercado interior del país anfitrión sin suponer un riesgo grave de desestabilización del mercado de dicho estado. Por un lado permite realizar transporte interior en el estado de acogida evitando de esta manera posibles traslados del vehículo vacío entre los puntos de descarga y carga de un retorno, pero por otro lado el límite temporal de siete días para efectuar el cabotaje exige una buena planificación y agilidad en los trámites por parte de las empresas y evita una supuesta estancia demasiado prolongada a la espera de un porte idóneo en detrimento de las condiciones laborales de los conductores.
Imágenes: En la carretera